
Según nuestra legislación, “Contrato o convención es un acto por el cual una parte se obliga para con otra a dar, hacer o no hacer alguna cosa…”. Bajo este contexto, debe decirse, entonces, que es la declaración o exteriorización de voluntad de las personas interesadas en su celebración, la parte medular del negocio jurídico, pues, nuestro ordenamiento, no le otorga ningún tipo de eficacia creadora y transformadora (implícita en todo negocio jurídico), a la voluntad que se reservan las partes en su fuero interno. Es precisamente a partir de ese reconocimiento que le da la ley a la libertad contractual, que se le abre la puerta a los ciudadanos para que desde su propia voluntad se geste la posibilidad de establecer las reglas que regulen sus asuntos y sus relaciones mutuas mediante la celebración de contratos.
En LARES Bienes Raíces sabemos que, la finalidad económico-social del contrato, es el cumplimiento de las estipulaciones en él pactadas y que, en consecuencia, a su elaboración debe procederse con absoluto conocimiento, rigor jurídico y responsabilidad, pues, no debe soslayarse que, los contratos se celebran para ser cumplidos y, por ello, son ley para las partes. Bajo este contexto, ofrecemos el servicio de ELABORACIÓN DE CONTRATOS INMOBILIARIOS, CIVILES Y COMERCIALES PERSONALIZADOS, con clausulados precisos y claros que, honren y prioricen el interés que tienen las partes contratantes en elevar a ley con rango jurídico los hechos reales que son susceptibles de estipulaciones privadas para vincularse legalmente a partir de ellas.





